El Colegio de Abogados niega amparo al abogado de Puigdemont frente al Supremo
El Supremo multó con 3.000 euros al ex presidente de la Generalitat, hoy prófugo de la Justicia, por "mala fe" en su estrategia procesal por su escaño como eurodiputado y pidió al ICAM que estudiase la apertura de un expediente a su representante legal.
No hay amparo para Gonzalo Boye, el abogado de Puigdemont. El Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) ha rechazado este martes, por unanimidad, conceder protección al letrado frente al Supremo.
El Alto Tribunal instó el pasado mes de junio a la institución colegial la apertura de un expediente disciplinario al letrado que representa los intereses del ex presidente de la Generalitat -y hoy prófugo de la Justicia española- en Europa, por su temeridad al querellarse, sin éxito, contra varios de los magistrados de la Junta Electoral Central (JEC).
La Junta de Gobierno del ICAM considera que la petición del Supremo -formalizada en tres autos que ya han sido notificados oficialmente- en ningún caso impide, perturba o perjudica en modo alguno su independencia y libertad profesionales, tal como sostenía Boye en su solicitud de amparo colegial.
Muy al contrario, el órgano de gobierno de los abogados estima que no queda acreditado ningún hecho objetivo que justifique su intervención para preservar la actividad colegial de Boye. Según el criterio del ICAM, en ningún caso de las decisiones adoptadas por el Supremo, y cuestionadas por el letrado, han menoscabado su labor jurídica.
Se trata de resoluciones ordinarias con las que la Sala de lo Contencioso abría un expediente al ex presidente Puigdemont, que acabó en una sanción de 3.000 euros, y subsidiariamente a su abogado al entender que sus recursos contra la Junta Electoral Central (JEC) -en nombre de la coalición electoral Lliures por Europa y de su cabeza de lista, Carles Puigdemont- carecían a de la más mínima apariencia de «buen derecho».
Los magistrados del Supremo calificaron el escrito de Gonzalo Boye -que le ha llevado ante la Comisión Disciplinaria del ICAM- de temerario en sus pretensiones. Motivo por el que han remitido un total de 3 autos al órgano colegial madrileño para que analice si su actuación como asesor jurídico y abogado de Puigdemont merece ser objeto de sanción disciplinaria.
Dicha Comisión ha pedido este mismo martes al Supremo que confirme si las tres notificaciones recibidas son firmes. Una vez el Alto Tribunal ratifique este extremo, procederá a la apertura del trámite necesario para determinar si de la actuación de Gonzalo Boye en sede judicial deben derivarse consecuencias colegiales.
Segunda vez
El abogado ya había efectuado un primer intento de recabar el amparo del ICAM, en septiembre de 2018, tras denunciar los ataques recibidos a través de las redes sociales, por ser el abogado de Puigdemont.
En aquella ocasión, el ICAM tampoco admitió intervenir en favor de Boye al entender que se trataba de hechos en un ámbito «ajeno al ejercicio profesional» y que, en su caso, correspondía al abogado exigir responsabilidades civiles -o penales- a los autores de los mensajes.
En los próximos días el Colegio de Abogados de Madrid tendrá que analizar la resolución del Supremo -a través de los tres Autos correspondientes- para determinar si es preceptivo sancionar al abogado firmante, Gonzalo Boye, en aplicación del artículo 247.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Las consecuencias que podrían adoptarse, en este caso, van desde la multa económica hasta suspensión para el ejercicio profesional y, en último término, la expulsión del Colegio de Madrid del abogado de Puigdemont y Comín, Gonzalo Boye.